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Invitan a personas físicas a realizar su declaración anual

Los horarios de atención son de lunes a jueves de las 9 de la mañana a las 4 de la tarde y los días viernes de 8:30 horas a 3 de la tarde, mientras que a partir del día 17 de abril, se ampliará desde las ocho y media de la mañana hasta las 6 de la tarde.

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El Sistema de Administración Tributaria, informó que el día 30 de abril, es el límite para que personas físicas realicen su declaración.

Para aquellos contribuyentes que como resultado de la presentación de la declaración anual se les determine  que deben de pagar, tienen la opción de hacerlo hasta en seis parcialidades, teniendo como fecha límite el día 30 de septiembre,

Esta medida, será efectiva siempre y cuando el contribuyente realice la declaración en tiempo y forma dentro del plazo legal establecido (abril 2024) y el pago de la primera parcialidad se haga dentro de dicho período.

Alberto Báez Castro, Administrador de Servicio al Contribuyente de Coahuila 2, informó que los obligados a cumplir, son quienes están bajo el régimen de sueldos y salarios y que tienen ingresos al año superiores a los 400 mil pesos, así como aquellos asalariados que tienen algún otro régimen fiscal como arrendamiento, de igual forma los ciudadanos que tienen dos patrones de forma simultánea, los que concluyeron su relación laboral antes del 31 de diciembre y  quienes recibieron pagos por concepto de indemnización, jubilación y demás.

“Todos ellos están obligados a presentar la declaración anual, sabemos que muchos de ellos la presentan adicionalmente, en el caso de buscar una solicitud de devolución de un saldo a favor, los obligados son las personas físicas bajo el régimen simplificado de confianza, están obligados las personas bajo el régimen de actividad empresarial y profesional y las personas bajo el régimen de arrendamiento”, indicó.

Precisó que en área que le compete, abarca un total de 21 municipios con aproximadamente 800 mil contribuyentes asalariados.

Los requisitos que debe cumplir el contribuyente  es tener un RFC  con la debida contraseña.

Mencionó que si el contribuyente tiene una un saldo a favor y optará por la devolución, deberá de contar con una cuenta bancaria a su nombre.

Los horarios de atención son de lunes a jueves de las 9 de la mañana a las 4 de la tarde y los días viernes de 8:30 horas a 3 de la tarde, mientras que a partir del día 17 de abril, se ampliará desde las ocho y media de la mañana hasta las 6 de la tarde.

 

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