
El Juzgado Séptimo de Distrito en La Laguna ha emitido una resolución al conceder el amparo 17/2025 a favor de María Guadalupe Pérez Ayala, madre de Johanna Dibanhi Aguilar Pérez, quien desapareció el 25 de junio de 2021.
El juzgado determinó que tanto la Fiscalía de Personas Desaparecidas de la Región Laguna como la Comisión de Búsqueda del Estado de Coahuila incurrieron en una omisión inconstitucional e inconvencional al no llevar a cabo una búsqueda eficaz, coordinada y continua de la joven.
Esta sentencia sienta un precedente crucial en la lucha por el derecho a la verdad, la justicia y la reparación para las víctimas de desaparición en México.
El fallo judicial establece medidas concretas e impostergables que las autoridades responsables deben implementar.
En primera instancia debe haber un informe detallado y plan de búsqueda inmediato, donde la Fiscalía y la Comisión de Búsqueda deberán presentar al Juzgado un informe exhaustivo de las acciones de búsqueda a realizar, incluyendo estrategias específicas, un cronograma de actividades y la designación de responsables, todo ello en conformidad con el Protocolo Homologado de Búsqueda.
Así mismo, ambas instituciones están obligadas a entregar informes semanales al Juzgado sobre los avances y resultados de la búsqueda, hasta que se logre la localización de Jovanna, ya sea con vida o con dignidad.
Se ordenó a la autoridades la garantía del acceso pleno e inmediato de los familiares de Jovanna a los registros, expedientes y bases de datos relacionados con las investigaciones ministeriales y los operativos de búsqueda, sin demoras ni restricciones injustificadas.
El Juzgado recordó a las autoridades su obligación, según la Ley General de Víctimas, de facilitar y activar medidas de reparación integral para las víctimas indirectas, que comprenden acceso a información y acompañamiento psicosocial, medidas económicas e indemnizatorias, medidas de satisfacción y garantías de no repetición.
La resolución subraya que, desde la desaparición de Jovanna en junio de 2021, las acciones institucionales han sido fragmentadas, burocráticas e insuficientes.
A pesar de la emisión de la Acción Urgente 1494/2022 por parte del Comité contra la Desaparición Forzada de la ONU en 2022, las autoridades locales no cumplieron con los estándares requeridos, lo que motivó a la madre de Jovanna a interponer el juicio de amparo.
El fallo reconoce que el Estado mexicano vulneró el derecho a la búsqueda, un elemento fundamental del derecho a no ser víctima de desaparición forzada, e incumplió su deber de actuar con diligencia, continuidad, exhaustividad y con la participación activa de las familias.
Este amparo reafirma que la desaparición forzada genera obligaciones inmediatas para el Estado, y que no es suficiente con judicializar los casos o agotar formalmente etapas legales; la búsqueda debe ser incesante hasta que se conozca el paradero de la persona desaparecida.
En sus conclusiones, el juzgado enfatizó: "Las familias tienen derecho a la verdad y a participar activamente en las acciones de búsqueda. El Estado debe rendir cuentas, no excusas."
Johanna Dibanhi Aguilar Pérez, despareció hace cuatro años en la colonia Latinoamericana de Torreón.
Su expareja sentimental, Christian “N”, actualmente se encuentra en prisión luego de ser vinculado a proceso por su probable responsabilidad en los hechos.