Ciudad de México.- La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió este miércoles 7 de octubre que las llamadas “boletas planchadas”, es decir, las que no tienen las marcas de doblez necesarias para entrar a la urna, no podrán contarse como votos cuando se acredite esa condición.
Con ello, el Tribunal revocó parcialmente el acuerdo del Instituto Nacional Electoral (INE) con los lineamientos para los cómputos distritales del proceso electoral 2026-2027. En ese documento, el instituto había dispuesto que los Consejos Distritales decidieran si los votos en boletas sin doblez se computaban o no.
La sentencia, dictada en el expediente SUP-JDC-473/2026 y acumulados, obliga al INE a modificar sus lineamientos. Las boletas sin doblez deberán conservarse separadas de las que sí forman parte de la votación y no se incorporarán a la suma de resultados.
Respecto a quién determinará si una boleta está planchada, el Tribunal fijó que, como regla general, esa valoración corresponde a los ciudadanos que integran las mesas directivas de casilla. De manera excepcional, la harán los Consejos Distritales cuando se realicen recuentos parciales o totales.
Los lineamientos fueron impugnados por varios partidos políticos, que advirtieron que el esquema del INE podía abrir la puerta a irregularidades en el conteo. Las dirigencias nacionales del PAN, PRI y Movimiento Ciudadano celebraron la decisión.
El tema cobró relevancia en la elección judicial de 2025, cuando se encontraron cientos de boletas sin doblez y el INE invalidó los votos de poco más de 400 casillas.