
La jueza de primera instancia en materia penal de Piedras Negras, Karina Martínez Jiménez, fue notificada este miércoles sobre la suspensión temporal de sus actividades como juzgadora; esto conforme al acuerdo del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de Coahuila de Zaragoza (PJECZ); en días pasados había obtenido una suspensión provisional contra la Reforma Judicial, a fin de que se protejan sus derechos laborales y la independencia judicial que se ve afectada.
El pasado martes 22 de octubre se difundió además que María Magdalena Hipólito Moreno, titular del Juzgado Quinto de Distrito en el Estado de Coahuila de Zaragoza, concedió la suspensión de los actos reclamados por Martínez Jiménez, para que no pudiera ser removida del cargo público que ostenta.
Lo anterior, con motivo de la reforma Judicial y hasta en tanto se resuelva en definitiva el juicio de amparo y en el entendido, de que las autoridades del Estado están obligadas a acatar dicha suspensión, entre ellos el Consejo de la Judicatura del Estado de Coahuila; dicho suspensión se otorgó el pasado 14 de octubre del año en curso.
La jueza Karina Martínez presentó un juicio de amparo contra actos del Presidente de la República y otras autoridades, reclamando por su sola entrada en vigor, el Decreto por el que se reforma la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, publicado en el Diario Oficial de la Federación.
Y derivado de la apertura de un expediente disciplinario, tras la recepción de un informe que presentó el 17 de octubre del año en curso, el administrador del Juzgado de Primera Instancia en Materia Penal del Sistema Acusatorio y Oral del Distrito Río Grande y que le fue solicitado por el mencionado órgano regulador.
Mientras que para el 18 de octubre del año en curso, el PJECZ decide, con carácter de urgente, forma un expediente administrativo disciplinario en contra de la jueza Karina Martínez Jiménez; por posiblemente incurrir en hechos constitutivos de faltas administrativas que fueron expuestas en el informe que rindió el administrador del Centro de Justicia Penal Acusatorio.
Martínez Jiménez, consideró durante una entrevista que la mencionada suspensión temporal deriva de una queja administrativa que presentó desde inicios del pasado mes de septiembre por acoso, violencia y hostigamiento laboral en contra del administrador del Centro de Justicia Penal Acusatorio y señaló que esto impacta en las actividades que desarrolla.
Además de significar una afectación económica, pues solo percibirá un 30 por ciento de su salario, dado que no se especifica el tiempo que durará la suspensión temporal, pues el procedimiento administrativo puede llevarse hasta un año.
También explicó que hay que diferenciar entre los jueces que cuentan con nombramiento por seis años y aquellos que, tras cumplir dicho periodo se les realiza un procedimiento a través del cual se les ratifica, que es su caso y que por ello no puede ser removida.
"En mi caso, para ser removida se requiere una falta grave. La ley establece faltas graves, muy graves y faltas no graves; las faltas no graves son las que están relacionadas necesariamente con mi actuación", indicó Martínez Jiménez.